El Servicio Estatal de Atención a Personas Mayores (SEAM) de HelpAge International España es un servicio gratuito orientado a ofrecer asesoramiento jurídico y social a personas mayores y a la sociedad en general que se enfrenten o tengan conocimiento de situaciones de edadismo, es decir, discriminación por razón de edad.
Desde su puesta en marcha en 2022, el SEAM ha recibido aproximadamente 2.000 consultas, siendo las más relevantes aquellas relacionadas con prestaciones y servicios, abuso y maltrato, y cuidados. Entre las consultas recibidas, destaca una en específico que ha destapado una verdad constante en la vida de las personas mayores en España: la privación de la libertad.
El Caso
Una mujer de 85 años fue ingresada en contra de su voluntad en una residencia para personas con trastornos psíquicos, por decisión de sus hijos y mediante autorización judicial. Sin embargo, el personal social y sanitario elaboró informes que demostraron que no existía trastorno psíquico.
Desde el SEAM se dio orientación jurídica sobre el internamiento involuntario al profesional involucrado, y sobre las vías jurídicas para defender los derechos de la mujer mayor. Asimismo, se gestionó la representación judicial para adelantar las acciones pertinentes, derivando el caso al bufete Recover Abogados. Como resultado, se logró dejar sin efectos la resolución judicial que autorizó el internamiento involuntario, por probar que no existía trastorno psíquico. Además, el SEAM continúa trabajando en la búsqueda de alternativas habitacionales adecuadas a las necesidades, deseos y preferencias de la mujer mayor.
Este logro ha sido posible gracias al trabajo coordinado, a la concienciación y al compromiso social con los derechos de las personas mayores, entre todos los profesionales involucrados: las trabajadoras sociales del centro de salud, el abogado defensor, Dr. Torcuato Recover, y por la gestión, derivación y acompañamiento por parte del SEAM.
La relevancia del caso
Este caso es de suma relevancia, dado que el internamiento involuntario en España sólo procede por razón de trastorno psíquico, como establece el artículo 763 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. De lo contrario, estamos ante una vulneración de derechos humanos.
Así lo ha establecido el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en el caso Calvi y C.G c. Italia (6 de julio de 2023), donde se enfatiza el control de necesidad y proporcionalidad de las medidas de protección e institucionalización de personas mayores, subrayando el impacto que ello tiene sobre su autonomía personal.
A partir de los casos recibidos, y tal como recomienda el SEAM en su informe anual de resultados 2024, se debe promover una Ley Orgánica que regule medidas que, sin el respaldo jurídico necesario, pueden resultar potencialmente dañinas y limitadoras de derechos humanos, como ocurre con el internamiento involuntario por razón de trastorno psíquico y la vulneración del derecho a la libertad personal.
															


