El 54º periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos

Esta semana el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, durante su 54 º periodo de sesiones ha aprobado dos resoluciones que son de suma importancia en el ámbito de los derechos humanos.

La primera de las resoluciones versa sobre la importancia de los cuidados y el apoyo desde una perspectiva de derechos humanos (A/HRC/54/L.6/Rev.1) en esta resolución se plantea la importancia de los cuidados y de la necesidad de abordarlos desde una perspectiva de derechos humanos. Dicha resolución cuenta con diferentes instrumentos que son relevantes cuando hablamos de cuidado, así como la importancia de mirarlos desde una perspectiva holística sin dejar que ninguna persona y/o colectivo se quede fuera.

Por todo ello termina estableciendo cinco puntos:

  1. La importancia de proteger tanto a las personas que son cuidadoras (formal o informalmente) así como de las personas que reciben los cuidados;
  2. Señala como los cuidados tienen unas consecuencias diferentes en hombres y mujeres y como esto afecta tanto a la sociedad como a la economía;
  3. Subraya la importancia de distribuir de forma equitativa los cuidados;
  4. El cuarto punto se refiere a los Estados instándoles a que tengan en cuenta las personas que prestan cuidados para que sea justo y no se deje a nadie atrás; para que inviertan más en políticas e infraestructura, para que todas las personas puedan acceder a servicios asequibles y de calidad en cuidados, para que sigan fomentando y apoyando las investigaciones y estudios con datos desagregados por ingresos, sexo, raza, edad, y demás circunstancias que puedan afectar, así como a que permitan la plena participación en la toma de decisiones en el ámbito de los cuidados;
  5. En quinto lugar, pide por un lado al Alto Comisionado de las Naciones Unidas por los derechos humanos que realice un taller de dos días con múltiples partes interesadas (ONG, estados, academia, etc.) para observar cómo afecta, desde las mujeres, a las personas con discapacidad e incluyendo a las personas mayores la cuestión de los cuidados para ver buenas prácticas, analizar los obstáculos, etc. También solicita al Alto Comisionado que en base a lo anterior prepare un informe temático sobre la dimensión de derechos humanos en los cuidados, ver que normas existen, cuáles son las lagunas actuales y que incluyan recomendaciones para abordar esta cuestión con perspectiva de género y derechos humanos.

La segunda resolución más especifica sobre las personas mayores que ha adoptado el Consejo de Derechos Humanos es en relación con el Informe de la Experta Independiente sobre el derecho a una vida libre de violencia y abuso (A/HRC/54/L.20). Esta resolución explica y señala diferentes mecanismos y resalta en especial la gran labor que hace la Experta Independiente sobre los derechos de las personas mayores. Es de especial relevancia señalar como el consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas dice expresamente que “Reconoce que las dificultades que afrontan las personas de edad para disfrutar de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales… requieren un análisis exhaustivo y medidas adecuadas” por ello solicita a los Estados a que tomen cartas en el asunto y puedan así tomar medidas para prohibir todas las formas de discriminación contra las personas mayores, aprobando políticas, estrategias, etc.

Esta misma resolución señala como el edadismo es una causa de violencia, maltrato y abandono, y por ello hay que enfocar la cuestión desde una perspectiva de derechos humanos. De igual forma, pide a los Estados que establezcan (sino tienen) o mejoren sus mecanismos de reparación y acceso a la justicia pudiendo crear sistema de asistencia o apoyo jurídico, que los procedimientos judiciales sean accesibles y adaptados, y también puede que sensibilicen sobre que es la violencia, el abuso y el abandono y cuales son los mecanismos que existen para combatirlo.

Finalmente pide al Alto Comisionado que convoque una reunión de expertos incluyendo representantes de todos los sectores para elaborar unas recomendaciones sobre esta materia y lo abordado antes del 57º periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos.

De todo esto podemos concluir como el Consejo de Derechos Humanos está a la vanguardia y que en cada periodo de sesiones se observa que los derechos de las personas mayores se toman en cuenta cada vez más.

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